Sólo tendrán inmunidad para no ser sujetos de represalias o presiones políticas
Podrán ser procesados sin perder la libertad, pero cumplirían condena al final de su encargo
Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó ayer
reformas constitucionales que limitan el fuero pero mantienen la
inmunidad de los integrantes de los tres poderes, incluido el presidente
de la República, con el propósito de que no sean sujetos de represalias
o presiones políticas.
Sin necesidad de realizar un juicio de procedencia, ese órgano del Congreso decidirá y en caso de no aceptar la petición judicial el servidor público seguirá en su encargo y al concluir el mismo cumplirá la condena.
La reforma a los artículos 61, 111 y 112 de la Carta Magna fue aprobada con 81 votos en favor y ninguno en contra.
Freno a la impunidad
En tribuna, el presidente de la Comisión de Puntos
Constitucionales del Senado, el priísta Pedro Joaquín Coldwell, y uno de
los autores de las dos iniciativas aprobadas, el perredista Pablo
Gómez, destacaron que las reformas tienen como propósito atacar una de
las causas fundamentales del deterioro social: la impunidad.
Joaquín Coldwell resaltó que la reforma
ataca frontalmente la impunidad que lastima más a nuestra gente: la impunidad de los políticos, mediante un procedimiento inteligente, ya que al mismo tiempo salvaguarda la inmunidad no sólo de los legisladores, sino de todos los funcionarios de los poderes Ejecutivo y Judicial.
Gómez Álvarez se congratuló por que se votara la reforma a los artículos 111 y 112, que presentó hace cuatro años y medio, con la cual se limita el fuero y todo servidor público deberá hacer frente a procesos judiciales, como cualquier ciudadano, pero pierde la inmunidad hasta que se demuestre su culpabilidad.
Sostuvo que esas reformas a la Carta Magna son indispensables, porque son preceptos
antediluvianos, y explicó que se trata de proteger los poderes públicos y su funcionamiento, y evitar que los servidores públicos sean sujetos de procesos no por motivos de justicia, sino por represalias políticas:
Ni inmunidad, ni impunidad’.
El priísta Jesús Murillo Karam señaló que con las modificaciones el proceso sobre la inmunidad de legisladores y funcionarios se torna
mucho más democrático, más moderno y civilizado, y al mismo tiempo se garantiza que quienes hacen las leyes no serán presionados con un proceso que después, como ya ha sucedido, derive en un
usted disculpe.
En la sesión de este jueves, la Cámara de Senadores aprobó, entre
otros temas, acotar el fuero a integrantes de los tres poderes. Foto Marco Peláez
La Cámara de Diputados podrá negarse a retirarle la inmunidad y en ese caso se ejecutará la sentencia hasta que concluya el cargo del servidor público.
Gómez Álvarez explicó que la Cámara de Diputados deberá adoptar una decisión política, porque se requiere quitar el cargo a personas que tienen una determinada investidura y mandato.
De todas formas, a fin de cuentas, si no se entrega el reo a las autoridades, éste tendrá que cumplir al final la sentencia, por lo que no hay impunidad.
En el caso del presidente de la República, el procedimiento es más complejo e interviene el Congreso en conjunto. La Cámara de Diputados actuará como instructora ante el Senado, y éste dispondrá de un plazo de 10 días, a partir de recibido el proyecto, para decidir por mayoría calificada –con las dos terceras partes de los presentes– el retiro de la inmunidad al jefe del Ejecutivo.
En cuanto a gobernadores, diputados locales, magistrados e integrantes de cuerpos de dirección de organismos electorales estatales, la Cámara de Diputados resolverá quitarles la inmunidad constitucional y lo comunicará a la legislatura local.
La reforma incluye modificaciones al artículo 61 constitucional, con base en una iniciativa presentada por el senador Guillermo Tamborrell, del PAN, para reforzar que ningún legislador podrá ser reconvenido, procesado ni juzgado por las opiniones que emita durante el ejercicio de su cargo.
El panista consideró que es necesario dar esa certeza a los legisladores para
que queden protegidos de la tentación del poderoso de pretender impedir la expresión de un legislador.
Gómez Álvarez explicó que se agregaron unas palabras a ese
texto histórico de la Constitución, en el artículo 61, para precisar que la inmunidad total de los legisladores respecto de sus opiniones estará vigente durante el tiempo que desempeñen el cargo.
Aseguró que lo anterior se fundamenta en tesis recientes de la Suprema Corte, que señalan que la inviolabilidad de sus opiniones aplica sólo cuando hablen en tribuna. “¿Qué pasa –dijo– cuando hacen declaraciones? No tenemos doble personalidad; un senador es un senador en cualquier parte” y no podrá ser reconvenido por lo que exprese.
La minuta pasó a la Cámara de Diputados.
Andrea Becerril y Víctor Ballinas
Periódico La Jornada
http://www.jornada.unam.mx/2011/12/02/politica/005n1pol
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