martes, 27 de diciembre de 2011

IFE avala mítines e impide spots para precandidatos únicos

Lo único que no pueden hacer durante reuniones públicas es llamar al voto en favor de ellos o en contra de sus adversarios

CIUDAD DE MÉXICO, 27 de diciembre.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) determinó anoche que no existe restricción legal que impida a los precandidatos presidenciales únicos de los partidos políticos a realizar reuniones públicas en lugares abiertos durante la precampaña electoral.
La única restricción que deben observar Enrique Peña Nieto y Andrés Manuel López Obrador consiste en evitar llamar al voto en favor de ellos o en contra sus adversarios, de acuerdo con la resolución. Además, el IFE decidió que los partidos no pueden promover la imagen ni el nombre del precandidato único en los spots de radio y televisión asignados por ley.

La resolución del IFE contrasta con la del Tribunal Electoral, que hace una semana restringió la actividad política de precandidatos únicos.

IFE avala mítines de Peña Nieto y AMLO

Por mayoría de votos, el Consejo General del IFE determinó que no existe ninguna disposición legal que impida a los precandidatos únicos de los partidos políticos nacionales realizar mítines proselitistas en temporada de precampaña electoral.

La única restricción que deben observar los precandidatos únicos (el priista Enrique Peña Nieto y el izquierdista Andrés Manuel López Obrador, para el caso de la elección presidencial) consiste en evitar llamar al voto en favor de ellos o en contra de sus adversarios, en virtud de que se trata de una “prerrogativa” a la que tienen derecho los contendientes políticos sólo en tiempos de campaña electoral.
Además, la resolución establece que los partidos políticos no pueden promocionar la imagen ni el nombre del precandidato único de que se trate en los tiempos oficiales que tienen asignados en radio y televisión.

Lo anterior fue aclarado por el IFE durante una sesión extraordinaria celebrada la noche de ayer y que concluyó 20 minutos antes de la una de la madrugada de este martes.

En ella, le dieron respuesta a los planteamientos formulados por el aspirante presidencial de la izquierda, Andrés Manuel López Obrador, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a qué les está permitido y prohibido a los precandidatos únicos, luego de que la semana pasada los magistrados establecieron en un expediente del estado de Yucatán que los precandidatos únicos no podían realizar mitines o reuniones públicas con sus seguidores o militantes.

La petición de López Obrador fue turnada por el magistrado Constancio Carrasco Daza al Consejo General del IFE para su resolución el pasado 23 de diciembre, razón por la cual el instituto tuvo que dar respuesta a lo solicitado por el político tabasqueño.

Cabe destacar que el mandato del TEPJF causó molestia en algunos de los consejeros. Tal fue el caso del consejero Marco Antonio Baños, quien hizo votos para que el TEPJF “se apure” a dar luz sobre sus propias decisiones.

“El día de hoy estamos aquí reunidos teniendo una sesión, yo diría sui generis, como la sentencia o el acuerdo que emitió el Tribunal Electoral para pedirle al Instituto Federal Electoral que sesionara para aclarar una sentencia que el propio Tribunal emitió; es una cosa muy rara, y lo primero que yo quisiera preguntarle al Tribunal, a los señores magistrados, ¿cuál es el fundamento legal para haberle pedido al IFE que hiciera esto?

“Es un hecho que el Tribunal debería de sustentar de mejor manera ese tipo de decisiones, para evitar confusiones sobre temas que ya había resuelto”, estimó notablemente molesto.

El documento donde se da respuesta a los cuestionamientos de López Obrador fue elaborado por la Secretaría Ejecutiva del IFE y votado posteriormente en sesión extraordinaria por los consejeros. El proyecto fue avalado en lo general con una votación de seis contra tres.

No obstante, la respuesta cinco fue impugnada por unanimidad y modificada, de tal manera que quedó prohibido que los precandidatos únicos aparezcan en spots de radio y televisión.

La versión original del documento señalaba que “en caso de que no se celebren actos de precampaña por parte de precandidatos o partidos, los tiempos en radio y televisión serán utilizados ‘libremente’”, como lo señala el artículo 57 del propio Cofipe.

¿Qué dice la ley ?

El pasado 21 de diciembre el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fijó un criterio sobre la propaganda de los precandidatos únicos:

El TEPJF determinó que los candidatos únicos no pueden hacer campaña en el periodo de precampañas, al resolver una queja del PAN  en contra del Instituto Electoral de Yucatán, instancia que modificó la ley local para permitir que los candidatos únicos hagan actos proselitistas.

Recordaron que los precandidatos únicos no pueden hacer campaña con población en general, pues el objetivo de esta etapa es dirigirse a los militantes para obtener la candidatura por su partido político.
No obstante, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) no prohíbe expresamente que los precandidatos únicos aparezcan en spots, pues el término “precandidato único” ni siquiera aparece en la legislación.

El párrafo 4 del artículo 211 señala: “Los partidos políticos harán uso del tiempo en radio y televisión que conforme a este Código les corresponda para la difusión de sus procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular, de conformidad con las reglas y pautas que determine el Instituto Federal Electoral. Los precandidatos debidamente registrados podrán acceder a radio y televisión exclusivamente a través del tiempo que corresponda en dichos medios al partido político por el que pretenden ser postulados”.

Sobre los mítines y reuniones partidarias, el párrafo 2 del artículo 212 del Cofipe establece: “Se entiende por actos de precampaña electoral las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en que los precandidatos a una candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulado como candidato a un cargo de elección popular”.

Isabel González

 

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