miércoles, 4 de julio de 2012

10 tips para entender el cómputo de los votos

Checa el ABC para entender en qué casos se realiza un recuento voto por voto y cuáles son los plazos y los objetivos del escrutinio final.

 
CIUDAD DE MÉXICO, 4 de julio.- El cómputo oficial que se inicia hoy en todos los distritos electorales de México es un procedimiento que consiste en la suma de los votos que se depositaron en las urnas, registrados en las actas, para obtener los resultados definitivos. Según marca la ley, el miércoles siguiente a la elección, los consejos electorales de los 300 distritos del país inician a partir de las 08:00 hora local el cómputo de las votaciones para presidente, diputados federales y senadores.

1. Este cómputo es el único que tiene validez jurídica, y a partir de la información que se obtenga los partidos políticos pueden presentar las impugnaciones. Sólo después de que sean resueltas en los tribunales se publican los resultados oficiales finales, lo que debe hacerse antes del 6 de septiembre.

2. Si se tiene en cuenta que se instalaron más de 143 mil casillas electorales el domingo 1 de julio, cada distrito electoral realiza el cómputo electoral con las actas de casi 500 centros de votación.

3. La sumatoria se hace a partir de los resultados que contienen las actas de escrutinio de las mesas instaladas en cada uno de los distritos y, en caso necesario, cuando esté plenamente justificado, según la ley electoral, se vuelven a contar los votos depositados.

4. La comprobación de los resultados que contienen las actas se realizan por orden; primero la elección de presidente, seguido de la elección de diputados federales, y, por último, la elección de senadores. Además, los cómputos se llevan a cabo de manera sucesiva e ininterrumpida desde el inicio hasta su conclusión.

5. Los consejos de los distritos electorales cuentan con un plazo máximo de 24 horas por cada elección, con el objetivo de que en 72 horas se contabilicen los resultados de las tres elecciones.

6. Para empezar, el consejero presidente de cada distrito abre los paquetes electorales que no tengan muestras de alteración y lee en voz alta los resultados del acta de escrutinio y cómputo que contienen el expediente de la mesa y los resultados registrados en la copia del acta que posee desde la noche de la elección.

7. Se hace un recuento de los votos cuando al cotejar las actas originales, que se encuentran dentro de cada paquete electoral, con la copia de las mismas, que está resguardada en el consejo distrital, los resultados no coinciden o se detectan alteraciones evidentes que generan dudas sobre el resultado.

8. También es procedente volver a contar los sufragios cuando el acta no se encuentra en el expediente de la casilla ni en poder del presidente del Consejo, el número de votos nulos es mayor a la diferencia entre el candidato en primer y segundo lugar o todos los votos son a favor de un mismo partido.

9. Además, si la diferencia entre el primer posible ganador y el segundo es igual o menor al uno por ciento o hay alteraciones o “errores evidentes” en el llenado de las actas, el consejo distrital realiza el recuento de votos emitidos uno por uno.

10. El cómputo oficial se realiza después de darse a conocer los resultados finales del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), un sistema de captura de datos basado en las actas de escrutinio y cómputo que permite conocer la misma noche de la votación los resultados de cada casilla, pero que no son definitivos ni tienen efectos jurídicos, sino meramente informativos.

EXCELSIOR
Redacción
Con información de EFE
dgp
2012-07-04 11:12:00

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